Guía de la dependencia
Guía de la dependencia
Es un instrumento social creado para dar apoyo a las personas que necesiten ayuda en su vida diaria y a las familias que los acompañan.
¿Qué es la Ley de la Dependencia?
¿Qué es la Ley de la Dependencia?
La Ley de Dependencia es un instrumento social que:
- Reconoce la necesidad de profesionalizar los cuidados de las personas mayores y dependientes.
- Ofrece servicios para que la familia no tenga que asumir toda la tarea.
- Cubre parte de los gastos derivados del cuidado.
Nuestra experiencia es que la Ley funciona. Es decir, si cumples los requisitos, recibirás ayuda.
Aun así, hay que tener en cuenta tres aspectos importantes:
- El trámite puede durar entre 6 y 12 meses.
- En muchos casos existe el concepto de copago. ¿Qué significa esto? Que a menudo tendrás que asumir una parte del coste del servicio (por ejemplo, una parte del coste de un Servicio de Ayuda a Domicilio –SAD–). El importe a pagar se determina teniendo en cuenta tu situación económica.
El trámite es sencillo: primero hay que acreditar la situación de dependencia. En segundo lugar, una vez reconocida, se estudiará tu caso y se te propondrá un Programa Individual de Atención (PIA), que determina qué servicio o ayuda económica necesitas.
El/la trabajador/a social te acompañará durante todo el proceso. Puedes contactar con esta persona en tu Centro de Atención Primaria (CAP) o en los Servicios Sociales de tu municipio (a través del Ayuntamiento).
El nombre oficial de la ley es:
“LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (BOE núm. 299, publicado el 15/12/2006)”.
Aun así, para abreviar, todo el mundo la conoce como la Ley de Dependencia.
¿Quién puede solicitar la Ley de la Dependencia?
¿Quién puede solicitar la Ley de la Dependencia?
Los ciudadanos y ciudadanas que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas de nacionalidad española o personas extranjeras que residan legalmente en España (de cualquier edad).
- Encontrarse en una situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
- Residir en el territorio español y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
A tener en cuenta: en el caso de menores de cinco años, el período de residencia se exige a la persona que tiene la guarda y custodia.
¿Qué se entiende por dependencia?
¿Qué se entiende por dependencia?
Dentro del marco de esta ley, la dependencia es un estado de carácter permanente en el que se encuentra una persona cuando, ya sea por edad, enfermedad o discapacidad, experimenta una pérdida de autonomía (física, mental, intelectual o sensorial) y necesita la ayuda de otra persona o apoyos para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Grados de dependencia
Grados de dependencia
La dependencia se clasifica por grados, que se determinan según la necesidad de ayuda que tiene una persona para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria.
La cantidad y el tipo de ayuda que se recibe dependen del grado en el que se encuentre la persona solicitante:
Grado I: Dependencia moderada
Grado II: Dependencia severa
Grado III: Gran dependencia
¿Tienes alguna pregunta?
¿Tienes alguna pregunta?
Resolvemos todas tus dudas
Por ejemplo, puedo tener un accidente y sufrir lesiones, y es posible que durante semanas o meses necesite ayuda: que alguien limpie mi casa, haga la compra, me ayude con la rehabilitación…
Pero cuando me recupere, volveré a realizar mis rutinas con normalidad. Por lo tanto, como mi situación es temporal y no permanente, no puedo solicitar la Ley de Dependencia. (Quizá pueda solicitar otro tipo de ayuda en los Servicios Sociales de mi municipio, pero no la Ley de Dependencia).
En cambio, si padezco una demencia y necesito ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria, como mi situación es permanente, sí puedo solicitar la Ley de Dependencia.
Son tareas necesarias, cosas que hacemos cada día y que, en general, forman parte de nuestras rutinas.
Entre otras, pueden ser:
- Cuidado personal (higiene, vestirse, ir al baño, comer…)
- Tareas domésticas (por ejemplo, mantener el orden y la limpieza del hogar)
- Movilidad esencial
- Capacidad de reconocer personas y objetos, orientarse, entender indicaciones…
No, en absoluto. La edad no es un factor excluyente.
Lo importante es si la situación es permanente y si se necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Grado I – Dependencia moderada
Cuando la persona necesita ayuda para varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día, o tiene necesidades de ayuda intermitente o limitada para su autonomía personal (de 25 a 49 puntos en el Baremo de Valoración de la Dependencia –BVD–).
Por ejemplo: una persona mayor que ya no puede limpiar la casa, que con bastón no puede cargar la compra, o alguien que puede lavarse el cuerpo solo pero necesita ayuda para lavarse el cabello. Es decir, cuando la persona no necesita ayuda constante, sino de manera intermitente.
Grado II – Dependencia severa
Cuando la persona necesita ayuda para varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador, o tiene necesidades de ayuda extensa para su autonomía personal (de 50 a 74 puntos en el BVD).
Es decir, hay cosas que puede hacer sola, pero otras para las que necesita ayuda. Lo importante es que se acumulan las actividades básicas para las que necesita apoyo. La experiencia nos muestra que una persona con Grado II puede estar sola varias horas, pero después necesitará ayuda para levantarse, lavarse, vestirse, desayunar, etc.
Grado III – Gran dependencia
Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, debido a la pérdida total de autonomía física o mental, necesita la presencia indispensable de otra persona o una ayuda generalizada para su autonomía personal (más de 74 puntos en el BVD).
En estos casos, es habitual que la persona necesite tener a alguien siempre a su lado, como ocurre, por ejemplo, en casos de Alzheimer muy avanzado.
Según los textos oficiales, las personas que, aunque cumplan los requisitos, no tienen residencia en España, se rigen por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, por los tratados internacionales y por los convenios que se establezcan con su país de origen.
Es decir, puede existir algún acuerdo entre España y el país donde resides, pero no hay una norma general. Para saber si existe algún convenio, es necesario consultarlo con la Administración del país correspondiente (los servicios médicos o sociales de tu país pueden orientarte).
Comenzar los trámites de la Ley de Dependencia
Comenzar los trámites de la Ley de Dependencia
Antes de necesitar ayuda. Actúa con previsión
Antes de necesitar ayuda. Actúa con previsión
¿Qué te recomendamos desde Aliura?
El primer paso es obtener el reconocimiento del Grado de Dependencia (se puede solicitar a partir de los 65 años). Una vez reconocido, no es necesario volver a solicitarlo.
Si con el tiempo la situación empeora, se puede solicitar una revisión del grado.
De este modo, si más adelante (por ejemplo, a los 70 años) tu familiar necesita ayuda —como una plaza en un centro de día o residencia, servicios de ayuda a domicilio (SAD), teleasistencia, etc.— ya tendrá el grado reconocido y se ahorrará el primer año de trámites, reduciendo considerablemente los tiempos de espera.
Por el bienestar de la persona afectada y de su entorno, lo mejor es actuar con previsión.
¿Quieres información detallada sobre cómo iniciar el trámite de reconocimiento de la situación de dependencia?
¿Quieres información detallada sobre cómo iniciar el trámite de reconocimiento de la situación de dependencia?
Solicitar la ayuda de la dependencia
Si ya lo tienes claro y quieres iniciar el trámite en línea, haz clic aquí:
Nuestros servicios
Nuestros servicios
Acompañamos cada etapa de la vida con respeto y calidez.
Acompañamos a las personas mayores y a sus familias en cada etapa, ofreciendo cuidados personalizados, cercanos y de confianza. Ya sea en casa o en un centro, en Suara cuidamos con respeto, calidez y profesionalidad.
Servicio de atención domiciliaria
Servicio de atención domiciliaria
Ofrecemos un servicio personalizado de atención a domicilio para personas mayores que quieren seguir viviendo en casa con seguridad y bienestar. Nuestro equipo profesional acompaña en las actividades diarias, el cuidado personal y la gestión del hogar, adaptándose a las necesidades de cada persona y familia.
Centros de día y residencias
Centros de día y residencias
En los centros de día y residenciales de Suara ofrecemos una atención integral y centrada en la persona, con equipos cualificados, actividades de calidad y entornos diseñados para cuidar, acompañar y fomentar el bienestar y la autonomía de las personas a las que atendemos.
Casal TV
Casal TV
El Casal TV es un proyecto innovador que consiste en una programación diaria de actividades para personas mayores: en directo y a través del televisor. Les ayuda a sentirse activas y acompañadas, mejorando su bienestar y reduciendo la soledad.
Hablemos de lo que necesitas
Hablemos de lo que necesitas
Escríbenos y resolveremos tus dudas
Estamos aquí para escucharte.
Estamos aquí para escucharte.
Si tienes dudas, comentarios o necesitas más información, nuestro equipo está disponible para ayudarte.